Informe de Inversión Semestral
Se detalla la ejecución de USD 10 millones en el primer semestre para tratamientos de AME.
Mayo 2026
Financiamos tratamientos médicos de alto costo para ciudadanos sin seguro médico, garantizando esperanza y equidad en el sistema de salud paraguayo.
Garantizar, mediante un fondo solidario de carácter público, la financiación oportuna, equitativa, eficiente y transparente de tratamientos, procedimientos y servicios de alta complejidad y alto costo, promoviendo la justicia sanitaria y asegurando que toda persona sin cobertura suficiente acceda a la atención necesaria sin que sus condiciones económicas representen una barrera, en cumplimiento de los principios de universalidad, solidaridad, calidad y protección financiera propios de la salud pública.
Apuntamos a constituirnos en un recurso sólido y confiable que garantice sostenibilidad financiera al sistema de salud, brindando acceso oportuno a tratamientos de alto costo social y clínico.
Miembros del Consejo Ejecutivo
Presidente del Consejo, en representación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Miembro del Consejo en representación de las Facultades de Ciencias Médicas de las Universidades Públicas del Paraguay con más de 30 años de antigüedad.
Miembro del Consejo en representación del Círculo Paraguayo de Médicos.
Miembro del Consejo en representación de la Asociación de Entidades Prestadoras de Servicios de Salud categorizadas como Nivel 3.
Conforme a la Ley N.º 6703/2020, que modifica el artículo 1° de la Ley N.º 6553/2020 y el artículo 11 de la Ley N.º 4392/2011, así como el artículo 14 de la Ley N.º 4392/2011, por la cual se crea el Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud (FONARESS), las patologías y especialidades médicas financiadas por este Fondo son las siguientes:
Incluye diálisis peritoneal y hemodiálisis, además de los procedimientos diagnósticos y otros tratamientos, incluidos medicamentos, necesarios para la atención integral de las personas, conforme a lo establecido por la autoridad de aplicación en la reglamentación.
Comprende cardiología intervencionista, diagnóstica y terapéutica, estimulación cardíaca, cirugía cardíaca con o sin circulación extracorpórea y demás procedimientos diagnósticos y tratamientos, incluidos medicamentos, necesarios para la atención integral.
Incluye todos los procedimientos de diagnóstico, tratamiento y medicamentos necesarios para brindar una atención integral a las personas afectadas, de acuerdo con la reglamentación vigente.
Comprende aquellas enfermedades que generan gastos catastróficos y que sean definidas por la autoridad de aplicación, incorporándose progresivamente mediante la reglamentación correspondiente, incluyendo procedimientos diagnósticos, tratamientos y medicamentos necesarios para la atención integral.
La cobertura de estas patologías se encuentra respaldada por la Ley N.º 4392/2011 y sus modificaciones introducidas por las Leyes N.º 6553/2020 y N.º 6703/2020, garantizando el acceso a tratamientos de alta complejidad para la población paraguaya que reúna los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Se detalla la ejecución de USD 10 millones en el primer semestre para tratamientos de AME.
Mayo 2026
El Consejo Ejecutivo evalúa la inclusión de nuevos tratamientos oncológicos de alto costo.
Abril 2026
Ampliación de la red de centros hospitalarios para cirugías cardíacas pediátricas.
Marzo 2026
Autoridades del MSPyBS coordinan mejoras en los procesos de evaluación médica.
Febrero 2026
Acceda a las leyes, decretos, formularios y normativas vigentes del Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud.